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TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

La resolución que establece los requisitos mínimos para desarrollar trabajo en alturas en Colombia es la 4272 d el 27 de diciembre de 2021 emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta resolución establece los requisitos mínimos que deben cumplir los empleadores para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que realizan actividades que ocasionen la suspensión o/y desplazamiento en el que se vea expuesto a un riesgo de caída, mayor a 2.0 metros, con relación del plano de los pies del trabajador al plano horizontal inferior más cercano a él. en el territorio colombiano.

La Resolución 4272 de 2021 también establece las características y los requisitos que deben cumplir los programas de formación en trabajo en alturas y la certificación que deben emitir las entidades autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la realización de estos cursos.

Trabajandor autorizado
Trabajo en alturas
  • Hora: 32
  • Vigencia: 18 meses
Reentrenamiento en trabajo en alturas
Trabajo en alturas
  • Horas: 8
  • Vigencia: 18 meses
Coordinador de trabajo en alturas
Trabajo en alturas
  • Horas: 80
  • Vigencia: no vence
Jefes de área para trabajo en alturas
Trabajo en alturas
  • Horas: 8
  • Vigencia: 18 meses